Tengo una pregunta: todos sabemos que las juntas precalificadas son aquellas que se consideran en las normas, y que no necesitan calificación; salvo alguna aclaración que en la norma D1.5 indica sobre la calidad de la junta, salvando esta aclaración, la pregunta es:
1.- la junta precalificada BU-2 de la NORMA D1.1 indica que la unión es una junta en "V" simple para espesores ilimitados y que debe de tener un cordón de respaldo en la raíz (backing), pero si utilizo esa junta precalificada y no considero el cordon de respaldo en la raíz; ¿Podría considerarla como precalificada o esque por el heho de no tener el cordón de respaldo la junta se debería de calificar?; porque es de suponer que para que sea precalificada debe de cumplir con la especificación que se indica en la simbología de la soldadura, la cual, vuelvo a reiterar, nos dice que es con cordón de respaldo.
esperando que mi apreciación sea la indicada, de que si no cumple estrictamente lo que indica la norma por ser una variable esencial, debería de calificarse; espero poder contar con su colaboración en la interpretación de la junta precalificada.
ATTE
WILLY QUISPE A.