ICS

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Moderador: Charles Vega Schmidt

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Notapor minox05 » Jue Ene 17, 2013 2:06 am

Buenas a todos, solo una pregunta a ver si sois tan amables de contestar. ?un inspector de construcciones soladas se puede cualificar a el mismo siempre y cuando no le pidan la calificación empresas externas y los ensayos sean verificados por empresas externas es decir rx,lp etc, siempre cuando haya estado ya cualificado. Muchas gracias a todos por vuestra atención.
minox05
 
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Re: ICS

Notapor Manu JC » Sab Ene 19, 2013 9:37 pm

Hola Minox,

La pregunta que realizas creo que tiene una respuesta simple. Hablas de que dispones de ensayos satisfactorios y que las empresas externas no te solicitan la cualificacion, por lo que a todos los efectos y sin necesidad de que te autocualifiques, por que cumples la normativa.

Caso de tener que presentar la cualificacion, son los mismos que te la solicitan, los que deben decidir si admiten tu "firma". Tambien, el por sentido comun nos dice que tu no puedes aprobarte a ti mismo.

Saludos
Manu JC
 
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Re: ICS

Notapor rubroc » Sab Ene 19, 2013 11:00 pm

Minox, lo que existe es:

Soldador: Homologado o No Homologado.
Si está homologado se ha de procurar RENOVAR dicha Homologación, si por el contrario caduca, tiene que repetir todo el proceso.

I.C.S: Certificado o No Certificado.
Si está Certificado realizará las funciones de I.C.S (independientemente del Nivel que sea) procurando realizar la RENOVACION cuando se aproxime la fecha, si la valided de dicha Certificación caduca, también a repetir en este caso Examen.

La autocualificación en estos ámbitos no es posible.

Un saludo Minox y Manu.
RubenR.
rubroc
 
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Re: ICS

Notapor Manu JC » Mié Ene 23, 2013 9:51 pm

Buenas noches a ambos,

Estoy de acuerdo en que una persona no puede autocualificarse. En el caso expuesto por Minox, las empresas externas no le piden la cualificacion, ha realizado los cupones, ha realizado los ensayos exigidos en norma por terceras empresas y aparentemente habla de una renovacion. A efectos internos de su empresa creo que puede valer. Como menciono en mi respuesta, si la empresa externa lo pidiera seria ella quien decidiera si admitir el certificado o no.

Planteo otro caso similar, imaginad un coordinador de soldadura e ICS 2 cualificando a los trabajadores de su empresa. Creo que seria perfectamente admisible siempre y cuando, en la revision tecnica de los contratos de obras firmados o en el pliego de condiciones no diga lo contrario.

En ambos casos se vulnera el principio de imparcialidad, pero.....

Es mi opinion y me gustaria conocer la vuestra.


Muchas gracias y saludos
Manu JC
 
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Re: ICS

Notapor rubroc » Mié Ene 23, 2013 11:34 pm

Buenas Manu, ¿QUE ES lo que estaría cualificando dicho ICS 2?

Un saludo.
rubroc
 
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Re: ICS

Notapor Manu JC » Vie Ene 25, 2013 4:04 pm

Buenas Rubroc, no entiendo bien tu pregunta, pero tratare de responderte segun lo que entiendo.

En ambos casos, estaria cualificando a soldadores y/o procedimiento.

La duda que planteo, es que la normativa admite que el coordinador de soldadura de una empresa, cualifique a los soldadores y/o procedimientos de la misma, por lo que el principio de independencia queda igualmente vulnerado. Pero mantengo una maxima y es que quede concertado con el cliente, es decir, que el cliente admita que los procedimientos y/o soldadores estan cualificados por una persona ¿interesada? e ¿imparcial?...

Queda claro, que yo no admitiria la situacion planteada por Minox y tampoco el ejemplo que puse, al menos exigiria alguna prueba adicional por empresa externa.

Saludos a todos y buen fin de semana
Manu JC
 
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Re: ICS

Notapor rubroc » Dom Ene 27, 2013 3:12 pm

Veo que tenemos la misma percepción del asunto en cuestión pero, se valoran cosas que no pueden mezclarse y bajo Norma éstas son:
Si la compañía fabricante tiene Normativa de Calidad en Soldadura (ISO 3834, UNE 1090, etc..) la figura de Coordinador de Soldadura ha de tener una titulación (Especialista, Técnico o Ingeniero Internacional en Soldadura) y aparte puede ser o no I.C.S.

Un I.C.S nivel 3 no necesariamente puede ser convalidado para Coordinador de Soldadura, ya que puede ser un Ingeniero Químico con ICS 3 pero debería examinarse para las titulaciones anteriormente citadas.

Toda documentación anterior a las pruebas de homologación serán de su gestión, todas las comprobaciones durante el proceso de soldeo también son para él y, la COMPROBACION que el Inspector END esté vigente, los Controles posteriores al Soldeo, es decir, comprobará que ese Inspector END calibra la Máquina de UT delante de él y esa calibración es correcta como también comprobará los indicativos de Claridad, Clasificación de Material, Solapado y marcaje de las placas, etc.... en un control por RT; Siempre que se realize en sus dependencias pero y ¿Cuando estos Controles son ejecutados externamente?. El no podrá cualificar ni aprobar nada que no haya visto con lo cual, se requiere un trabajo por una Compañia externa la cual emite Aceptable como resultado FINAL a todo un proceso de trabajo.

En cambio, a modo interno de la Compañía, ésta persona si puede crear, implantar y homologar un Procedimiento de almacenaje, clasificación y distribución de Materiales De Aporte, sabido es que las Normas citadas al comienzo obligan a disponer de dicho almacén dentro de sus instalaciones con lo cual y finalizando:

Cualificar PARA un Cliente desde la propia Compañía Fabricante genera dudas.

Cualificar PERSONAL en su totalidad, siendo necesario el apoyo de una 3ª mano externa, deja claro lo que venimos tratando en esta consulta.

Recibid un saludo.
RubenR
rubroc
 
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Re: ICS

Notapor minox05 » Vie Feb 15, 2013 11:14 am

Buenos dias a todos y gracias por vuestra atencion pero sigo sin tener claro el tema, os voy a explicar un poquito mejor el tema.

Trabajo para una empresa fabricante de recipientes a presion, soy Inspector de Construcciones Soldadas nivel II y Especialista Internacional de Soldadura, aparte llevo 13 años cualificado en HL-045 con tig. mag, y electro basico me cumple la homologacion de los dos años en breve y lo unico que quiero saber es si yo podria hacer dichas probetas y mandarlas a un laboratorio externo sea Atisae, SCI o cualquier otra para rehomologacion ya que segun la UNE 287 tabla 11 serian obligatorios examen visual y radiografia solamente, puesto que el procedimiento llevamos 13 años con el, el informe de dichos ensayos tanto visual como radiografia lo haria el laboratorio yo lo que haria seria soldar las probetas y hacer el informe de homologacion.

Ya se que me vais a decir que para aparatos a presion tiene que ser una empresa externa pero si mirais la directiva 97/23 en el parrafo 3.1.2 del anexo I pone que los prodecimientos y el personal seran aprobados para los equipos a presion de las categorias II, III y IV por un organismo independiente, pero para la categoria I no pone nada al respecto si yo estoy fabricando equipos dentro de la categoria I por lo tanto no necesitaria empresa externa ¿supongo?¿ y si fabrico segun el punto 3.3 de las tablas que hay en la directiva 97/23? esto lo pone en el Real dercreto 769/1999

Los equipos a presión y/o los conjuntos cuyas
características sean inferiores o iguales a los límites contemplados
respectivamente en los apartados 1.1, 1.2
y 1.3 y en el apartado 2 deberán estar diseñados y fabricados
de conformidad con las buenas prácticas de la
técnica al uso en un Estado miembro de la Unión Europea
a fin de garantizar la seguridad en su utilización. Se adjuntarán
a los equipos a presión y/o a los conjuntos unas
instrucciones de utilización suficientes y llevarán las
oportunas marcas que permitan identificar al fabricante
o a su representante establecido en la Comunidad.
Dichos equipos a presión y/o conjuntos no deberán llevar
el marcado «CE» tal como se define en el artículo 15.

No se si me e explicado bien pero de todas fomas gracias por vuestra atencion.
minox05
 
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Re: ICS

Notapor JOMA » Vie Feb 15, 2013 1:30 pm

O sea que no es que te quieras autocualificar como inspector, que creo es lo que habían entendido las respuestas anteriores y yo mismo, si no como soldador. Hombre, al final va a depender de que el cliente te lo acepte, pero como han dicho anteriormente, el principio de imparcialidad no queda en muy buen lugar... Aunque estés respaldado por ensayos externos, porque no estamos hablando sólo de echar la firmita en la homologación, el que homologa tiene que supervisar la prueba y decidir si te permite amolar pequeñas imperfecciones, por ejemplo. Yo no lo admitiría.

Esa es la mala noticia. La buena es que no necesitas enviar un cupón a un laboratorio para renovar la cualificación a los 2 años. Échale un vistazo al punto 9.3 de la norma EN 287, pero básicamente necesitas informes OK de 2 soldaduras que hayas realizado en los últimos 6 meses. Y los certificados de la chapa, electrodo, etc.

Otra cuestión sería quien firma dicha renovación y las de cada 6 meses...
JOMA
 
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Re: ICS

Notapor minox05 » Vie Feb 15, 2013 6:43 pm

No se si lo entiendo muy bien ya que estos años de cualificacion con empresas externas nos decian que habia que renovar las cualificaciones de los soldadores con probetas y mandarlas al laboratorio para ensayos rx, y visual, e mirado el punto 9.3 de la 287 y ha mi enterder creo que si hay que hacer unas probetas ya que te manda al 9.2 que dice que certificado tendra una validez de dos años siempre que el coordinador o persona responsable de la empresa pueda confirmar que el soldador ha estado soldando dentro del rango de cualificacion inicial.

Un saludo.
minox05
 
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Re: ICS

Notapor JOMA » Mié Feb 20, 2013 4:10 pm

El punto 9.3 b) dice que para la renovación hay que inspeccionar dos soldaduras realizadas en los seis meses anteriores. Evidentemente pueden ser unas probetas, pero también valen dos soldaduras hechas en producción por el soldador que tiene que renovar la cualificación, si se les hacen los END requeridos y cumplen con los criterios de aceptación indicados en el punto 7 de la norma.
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