en la directiva de aparatos a presión, con respecto a las uniones permanentes se dice lo siguiente:
Para los equipos a preSion, las uniones permanentes de los elementos que contribuyen a la
resistencia del equipo a la presion y los elementos que estan directamente integrados deberan ser
realizadas por personal cualificado con el nivel adecuado de competencia y mediante procedimientos
cualificados.
Los procedimientos y el personal seran aprobados, para los equipos a presion de las categorfas II,
III y IV, por un organismo independiente competente que podra ser, a eleccion del fabricante:
un organismo notificado,
una entidad independiente reconocida por un Estado miembro como se establece en el
articulo 13.
Para proceder a dichas aprobaciones, el citado organismo independiente realizara 0 hara que se
realicen los examenes y pruebas previstos en las normas armonizadas adecuadas 0 examenes y
pruebas equivalentes.
la pregunta es: hay que cumplir por narices con EN 287 e ISO 15614? no es ASME IX un "procedimiento cualificado" o una norma donde se describen "exámenes y pruebas equivalentes"?
tengo un NoBo alemán que me está haciendo dudar ya hasta de mi nombre...