Quisiera que me ayudaseis a interpretar la norma UNE-EN 287-1:2004 en lo que respecta a los límites permitidos para la garganta de una unión en ángulo a la hora de cualificar a un soldador.
En la norma se indica que la garganta del cupón de prueba debe ser 0,5·t < a < 0,7·t, siendo "t" el espesor del material del cupón y "a" el espesor de diseño de la garganta.
La interpretación que hago de este texto es que, por ejemplo, si el espesor de las chapas que conforman el cupón es de 6 mm, puedo fijar la garganta en 0,7x6 = 4.2 mm. Esa será mi garganta de diseño de la unión.
A la hora de valorar un cupón realizado por un soldador que pretende cualificarse, si la garganta mide menos de 4.2 mm (por ejemplo, 3.5 mm) la homologación es NO SATISFACTORIA, al aplicar el criterio de la norma EN ISO 5817 nivel de calidad B, para la imperfección "espesor de garganta insuficiente" (que indica que no es admisible, sin margen alguno).
En cuanto al defecto de "espesor de garganta excesivo", se aplicaría el nivel C, que permite un margen de 1mm + 0,2·a, es decir, para garganta de diseño de 4,2 mm, se admitiría hasta 6 mm de garganta.
No obstante, hay otros inspectores que interpretan la norma UNE-EN 287 de forma que la garganta permitida iría de 0,5·t hasta 0,7·t, es decir, en nuestro ejemplo anterior, para chapa de 6mm la garganta admisible iría de 3 a 4.2 mm, con lo que la garganta de 3.5 mm del cordón obtenido en el cupón de homologación sería satisfactoria y el soldador superaría la prueba.
Recordar, para terminar, que al evaluar según la norma EN ISO 5817 la garganta de una soldadura en una contrucción soldada para nivel de calidad B, en la que se indique en el plano garganta de 4 mm, una garganta de 3.5 mm sería NO admisible.
¿Cuál creeis que es el criterio más acertado de acuerdo a la norma de cualificación de soldadores?